En enero de 2025, España dio un paso decisivo hacia la modernización de su sistema de resolución de conflictos. La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, se publicó en el BOE el 3 de enero y entró en vigor el 3 de abril de 2025. Su efecto más profundo no es organizativo, sino cultural: convierte los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC) en un requisito previo y obligatorio antes de acudir a los tribunales en la mayoría de los asuntos civiles y mercantiles.
Esto significa que, salvo excepciones tasadas, antes de interponer una demanda las partes deben acreditar que han intentado resolver su conflicto a través de un MASC. No es un trámite burocrático más: es una transformación estructural que redefine el acceso a la justicia en España y abre una oportunidad de enorme alcance para las plataformas que entiendan verdaderamente este nuevo escenario. En Deius hemos estructurado nuestro enfoque en torno a tres ámbitos donde el conflicto es más cotidiano y la necesidad de acuerdo más urgente: el vecinal, el personal contractual y el comercial.
Qué son los MASC y por qué la Ley Orgánica 1/2025 lo cambia todo
La terminología no es casual. La ley habla deliberadamente de medios adecuados, y no de medios alternativos, de solución de controversias. El matiz es importante: el legislador no concibe estos mecanismos como una vía secundaria a la judicial, sino como la vía más apropiada para una gran parte de los conflictos. Antes de entrar en el templo de la justicia, se ha de pasar por el de la concordia.
El cambio operativo es contundente. La demanda debe acompañarse del documento que acredite haber intentado la actividad negociadora previa cuando la ley lo exige como requisito de procedibilidad; si falta ese intento, la demanda puede ser inadmitida. Es decir: el MASC deja de ser una recomendación para convertirse en una puerta de entrada obligatoria al proceso civil.
El ámbito de aplicación abarca los asuntos civiles y mercantiles, incluidos los conflictos transfronterizos. Quedan fuera, entre otros, los asuntos concursales, laborales y penales, así como aquellos en los que una de las partes sea una entidad del sector público. La ley también prevé excepciones específicas —por ejemplo, en tutela de derechos fundamentales, determinados procedimientos de familia y protección de menores, medidas cautelares o ejecución— en las que no se exige negociación previa.
Los MASC que reconoce la ley
La norma no impone un único método, sino que abre un catálogo flexible de mecanismos de negociación asistida. Entre los que regula expresamente se encuentran:
- La mediación, en la que un tercero neutral acompaña a las partes para que alcancen por sí mismas un acuerdo.
- La conciliación privada, con sus requisitos para intervenir como conciliador.
- La oferta vinculante confidencial.
- La opinión de experto independiente.
- El derecho colaborativo, que estructura la negociación de las partes asistidas por sus abogados.
Esta variedad es precisamente lo que permite que una plataforma digital de resolución de disputas ofrezca a cada conflicto el cauce más adecuado a su naturaleza.
Del litigio al acuerdo: las ventajas frente a la vía judicial tradicional
Durante décadas, la justicia civil española ha convivido con la congestión, con plazos de resolución que se prolongan y con costes difíciles de asumir para particulares y pymes. Los MASC responden directamente a esa realidad y aportan ventajas tangibles:
- Rapidez: según datos de Deius, el proceso reduce hasta un 60 % el tiempo frente a la vía judicial tradicional.
- Coste: según datos de Deius, hasta un 85 % menos de costes que un litigio tradicional.
- Confidencialidad: la negociación se rige por un deber de confidencialidad común a todos los MASC.
- Soluciones duraderas: un acuerdo construido por consenso suele cumplirse mejor que una resolución impuesta.
- Descongestión: menos asuntos evitables llegan a los tribunales.
Hay, además, un incentivo que conviene no pasar por alto. La ley introduce el concepto de abuso del servicio público de Justicia: quien rehúsa injustificadamente acudir a un MASC obligatorio, o litiga sobre cuestiones ya resueltas de forma evidente, puede ver reflejada esa conducta en la imposición de costas. Negociar de buena fe deja de ser solo una buena práctica: tiene consecuencias procesales.
Dónde se sitúa Deius en este nuevo escenario
Deius es una plataforma de Deius Smart Resolutions (DSR) —la evolución digital de la resolución de disputas— potenciada por inteligencia artificial, registrada en el Ministerio de Justicia y certificada por INCIBE, que opera dentro del marco MASC de la Ley Orgánica 1/2025. Su principio rector es claro: resolver el conflicto a través del consentimiento, y no de la imposición.
Sobre esa base, Deius ha organizado su actividad en tres ámbitos:
- Vecinal: conflictos de convivencia y comunidad donde la rapidez y la preservación de la relación son esenciales.
- Personal contractual: desacuerdos entre particulares derivados de acuerdos y obligaciones cotidianas.
- Comercial: controversias entre empresas y profesionales que requieren agilidad y seguridad jurídica.
Una pieza clave en este escenario es el Certificado de Procedibilidad: cuando la contraparte no comparece o no se alcanza un acuerdo, Deius expide un certificado que acredita el cumplimiento del requisito de procedibilidad exigido por la Ley Orgánica 1/2025, una prueba documental lista para presentar en sede judicial. Conviene precisar que este certificado acredita el intento de negociación conforme a la LO 1/2025 y a la Ley 5/2012, pero no constituye por sí mismo título ejecutivo.
La inteligencia artificial cumple aquí una función concreta: ayuda a estructurar la negociación, a ordenar la información relevante y a acortar los tiempos, sin sustituir el criterio humano ni la voluntad de las partes. Sumado al respaldo de la certificación INCIBE en materia de seguridad y al registro ante el Ministerio de Justicia, este conjunto de capacidades sitúa a Deius en una posición desde la que podría liderar la transición hacia un ecosistema de resolución de disputas verdaderamente moderno.
Retos y oportunidades del mercado español
El principal reto es cultural. España aprobó hace más de una década una ley de mediación que nunca llegó a desplegar todo su potencial, en buena medida por la falta de una cultura del acuerdo. La gran novedad de 2025 es que la obligatoriedad rompe esa inercia: el MASC ya no depende solo de la voluntad espontánea de las partes, sino que se integra en el camino procesal.
Ahí es donde aparece la oportunidad. Una plataforma que combine confianza, seguridad de los datos, una experiencia de usuario accesible y la capacidad de canalizar distintos tipos de MASC puede convertirse en infraestructura de referencia para un mercado que acaba de nacer a gran escala. La confianza y la seguridad —precisamente lo que avala una certificación como la de INCIBE— serán determinantes para decidir quién lidera.

¿Podría Deius liderar la transición?
La Ley Orgánica 1/2025 no solo descongestiona los tribunales: cambia la pregunta de partida. Ya no se trata de quién gana el litigio, sino de cómo construimos juntos la solución. En ese terreno, una plataforma diseñada desde el consentimiento, respaldada por la certificación INCIBE y registrada ante el Ministerio de Justicia, parte con una ventaja real.
El futuro de la resolución de disputas en España se está escribiendo ahora. Y Deius quiere formar parte de esa transición. Descubre cómo funciona en deius.io
